Certificación Negativa de la Denomicación Social
La certificación negativa acredita que la denominación elegida por la sociedad mercantil o cooperativa no coincide con el de otra existente. Constituye siempre el primer trámite para la puesta en marcha de una sociedad mercantil.
Una vez expedida certificación de que no figura registrada la denominación solicitada, ésta quedará registrada a nombre del interesado o beneficiario de la misma durante el plazo de QUINCE MESES, contados desde la fecha de expedición.
La certificación negativa tendrá una vigencia de DOS MESES a efectos de otorgamiento de escritura, contados desde la fecha de su expedición por el Registrador Mercantil Central. Caducada la certificación el interesado podrá solicitar su renovación con la misma denominación. A la solicitud deberá acompañar la certificación caducada.
Transcurridos los QUINCE MESES de reserva de denominación sin haberse realizado la inscripción en el Registro Mercantil Provincial correspondiente, la denominación causará baja en la Sección de denominaciones del Registro Mercantil Central, por lo que debe solicitarse una nueva Certificación sometida a calificación por parte del Registrador.
La Cámara de Comercio de Oviedo, en virtud de un convenio suscrito con el Registro Mercantil Central, puede tramitar esta certificación desde su Departamento de Asesoramiento Empresarial.
Imprescindible solicitar CITA PREVIA.
| | Contacto | Área de Servicios a Empresas Teléfono: 985207575 / Fax: 985207200 | | | |
|