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Arbitraje

Arbitraje

Corte de Arbitraje de Oviedo: Ofrece a sus electores la posibilidad de dirimir los conflictos por una vía alternativa a la Judicial.

Reglamento de la Corte de Arbitraje

Ventajas

Rapidez, confidencialidad, especialización técnica, imparcialidad, economía y obligatoriedad.

La Corte de Arbitraje de Oviedo es una institución formada por el Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo y la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Oviedo, que despliega su actividad, en el marco de la Ley 60/2003, de 23 de Diciembre de Arbitraje, a través de un Reglamento de Procedimiento propio.

Procedimiento

  • Las personas o las empresas, pueden someter, previo convenio, a la decisión de los árbitros las cuestiones litigiosas, surgidas o que puedan surgir, en materias de su libre disposición, conforme a derecho.
  • No es posibles someter a la decisión arbitral cuestiones sobre las cuales no haya habido previo acuerdo entre la partes de dirimirlo a la decisión de los árbitros.
  • El acuerdo previo debe reflejarse en un Convenio arbitral que deberá expresar la voluntad inequívoca de las partes de someter las cuestiones litigiosas a la decisión de los árbitros.
  • El convenio arbitral se formalizará por escrito y podrá hacerse por medio de cláusula incorporada a un contrato principal o por acuerdo independiente al mismo; para el primero de los casos la Cámara de Comercio tiene redactada una cláusula tipo.

Honorarios de los árbitros y tarifas de administración del arbitraje:

Acceso a la Calculadora de Costas Online

DERECHOS POR ADMISIÓN Y TRAMITACIÓN:

CUANTÍA. TARIFA. TRAMO. ACUMULADO.
Hasta 1.800€.   60€ 60€
De 1.801 a 3.000€.   40€ 100€
De 3.001 a 15.000€. 3,00%. 360€ 460€
De 15.001 a 30.000€. 2,50%. 375€ 835€
De 30.001 a 100.000€. 1,87%. 1.309€ 2.144€
De 100.001 a 150.000€. 1,00%. 500€ 2.644€
De 150.001 a 200.000€. 0,65%. 325€ 2.969€
De 200.001 a 350.000€. 0,26%. 390€ 3.359€
De 350.001 a 600.000€. 0,16%. 400€ 3.759€
Superior a 600.000€. 0,08%.    

HONORARIOS DE LOS ÁRBITROS:

BASE MINUTABLE HONORARIOS RESTO BASE MINUTABLE %. AL RESTO
Hasta 0 € 0 € Hasta 300 € 25 %
Hasta 300 € 75 € Hasta 600 € 22 %
Hasta 600 € 141 € Hasta 3.000 € 15 %
Hasta 3.000 € 501 € Hasta 6.000 € 13 %
Hasta 6.000 € 891 € Hasta 18.000 € 11 %
Hasta 18.000 € 2.211 € Hasta 30.000 € 10 %
Hasta 30.000 € 3.411 € Hasta 60.000 € 9 %
Hasta 60.000 € 6.111 € Hasta 300.000 € 8 %
Hasta 300.000 € 25.311 € Hasta 600.000 € 6 %
Hasta 600.000 € 43.311 € Hasta 1.200.000 € 4 %
Hasta 1.200.000 € 67.311 € Hasta 3.000.000 € 3 %
Hasta 3.000.000 € 121.311 € Hasta 6.000.000 € 2 %
Hasta 6.000.000 € 181.311 € En adelante 1 %

La cantidad resultante en concepto de honorarios de los árbitros, será incrementada en un 21% en concepto de I.V.A., al tiempo que minorada en un 15% por efecto de la retención del I.R.P.F.; lo que equivale a un incremento final de un 6% de la cantidad que resulte de la aplicación de las tarifas fijadas en el Anexo “A”. Derechos por admisión y tramitación, del Reglamento de la Corte de Arbitraje de Oviedo, y que se reproducen en esta página.

Más información en: Preguntas frecuentes sobre arbitraje.

Solicitud on-line de arbitraje

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